La AIDA (Association Internationale de Droit des Assurances o Asociación Internacional de Derecho de Seguros) es el organismo académico y profesional más relevante a nivel global dedicado al estudio, desarrollo y difusión del derecho de seguros y sus disciplinas afines.

Fundada en 1960 en Europa (con la participación inicial de 16 secciones nacionales de Europa, América y Asia), la AIDA nació con el firme propósito de fomentar la colaboración internacional entre juristas, académicos, reguladores, aseguradores y liquidadores. Su objetivo central es desentrañar las complejidades técnicas y legales de los contratos de cobertura, la supervisión estatal y la dispersión del riesgo. Actualmente, opera como una organización sin fines de lucro con sede formal regida por la legislación suiza y cuenta con más de 60 secciones nacionales en todo el mundo.

Para América Latina, la presencia de la AIDA es sumamente fuerte a través de su grupo regional: el CILA (Comité Ibero-Latinoamericano de Seguros), el cual ha impulsado de manera decisiva la modernización de las legislaciones de la región.

Los Congresos Mundiales de la AIDA y su influencia técnica

La AIDA celebra sus Congresos Mundiales de forma regular (por lo general, cada cuatro años). Estos foros no son meras reuniones sociales; son verdaderos laboratorios jurídicos donde los reportes de las secciones nacionales se consolidan en directrices globales que, a la postre, inspiran reformas legislativas, jurisprudencia de las altas cortes y la redacción de las condiciones generales de las pólizas modernas.

A lo largo de sus más de seis décadas de historia, varios congresos han marcado un hito fundamental en el sector:

I Congreso Mundial – Roma, Italia (1962)

  • La trascendencia: Fue el congreso fundacional que reunió a más de 1,000 delegados de 50 países. Bajo la primera presidencia del profesor Antigono Donati, se aprobaron los estatutos internacionales de la asociación.
  • Aporte al sector: Fijó las bases doctrinarias de la época sobre tres ejes: el concepto jurídico puro del seguro, la delimitación de fronteras entre el seguro privado y la seguridad social, y los primeros alcances del control u ordenación estatal sobre las compañías de seguros.

II Congreso Mundial – Hamburgo, Alemania (1966)

  • La trascendencia: Consolidó la metodología de trabajo actual de la AIDA, implementando los debates basados en cuestionarios y «reportes nacionales» previos.
  • Aporte al sector: Fue el detonante para la creación de los Grupos Internacionales de Trabajo (Working Parties). Estos comités especializados (en Reaseguro, Responsabilidad Civil, Distribución, Supervisión, etc.) operan de forma permanente e influyen directamente en la estandarización de cláusulas internacionales como las del mercado de Londres o los clausulados de reaseguro facultativo.

XV Congreso Mundial – Río de Janeiro, Brasil (2018)

  • La trascendencia: Un congreso clave para el entorno latinoamericano, donde se analizaron los efectos de las economías emergentes y las asimetrías regulatorias.
  • Aporte al sector: Se puso sobre la mesa el impacto de los esquemas de capitalización basados en Solvencia II, la transparencia y la prevención del fraude. Impulsó de forma definitiva los modelos de gobernanza y protección de los derechos de los asegurados frente a cláusulas abusivas en contratos de adhesión.

XVI Congreso Mundial – Melbourne, Australia (2023)

  • La trascendencia: Celebrado bajo el lema «Insurance Upside Down» (El seguro al revés), este encuentro abordó las disrupciones sistémicas que sacudieron al mundo al inicio de la década.
  • Aporte al sector: Analizó a fondo las lecciones operativas de la pandemia de COVID-19, la flexibilización de las exclusiones generales de forma voluntaria y el manejo de pérdidas consecuenciales masivas (interrupción de negocios). Asimismo, estructuró las bases jurídicas para los seguros paramétricos frente al cambio climático y los riesgos hidrometeorológicos catastróficos.

Próximos horizontes del debate global

Los congresos y foros de la AIDA continúan delineando la agenda legislativa y técnica del mercado. Los temas centrales en las agendas actuales y futuras de la asociación (como la Conferencia AIDA Europe 2026 en Rotterdam o el próximo Congreso Mundial en Hamburgo 2027) se agrupan en tres vertientes críticas:

  1. Gobernanza de la Inteligencia Artificial (IA): El impacto de los algoritmos predictivos en la suscripción (underwriting), el uso ético de los datos en una economía robótica y la responsabilidad civil derivada de fallas tecnológicas o ataques cibernéticos.
  2. Soluciones Sostenibles y Cambio Climático: La estructuración contractual de coberturas frente a grandes catástrofes y la validez técnica de los índices en seguros paramétricos.
  3. Mecanismos de Solución de Conflictos: El impulso de las sociedades de arbitraje especializadas en seguros y reaseguros (como las ramas de ARIAS a nivel global y latinoamericano) para evitar la saturación de los tribunales ordinarios.

En resumen: La AIDA funciona como el puente definitivo entre la teoría jurídica y la práctica operativa del mercado asegurador. Sus congresos dictan la pauta sobre cómo la técnica contractual debe adaptarse a las nuevas realidades económicas y tecnológicas, protegiendo tanto la solvencia de las instituciones como la confianza de los asegurados.

El brazo derecho de la AIDA es la CILA, que es el Comité Ibero-Latinoamericano de Seguros (CILA), creado en 1964, que ha sido, sin lugar a dudas, el motor académico y doctrinario más influyente en la modernización del derecho de seguros en nuestra región.

Históricamente, América Latina adolecía de una enorme fragmentación legislativa; en muchos países, el contrato de seguro seguía regulado por códigos de comercio decimonónicos (del siglo XIX), profundamente desactualizados frente a la evolución técnica de los riesgos y del reaseguro global. El CILA llegó a romper ese aislamiento, sirviendo como un foro de unificación y asimilación de las corrientes de vanguardia (especialmente las europeas, como las leyes de contrato de seguro de España de 1980 y de Alemania, así como las directivas de Solvencia).

Los aportes e influencias más significativos del CILA en las reformas legislativas latinoamericanas se pueden sistematizar en los siguientes ejes fundamentales:

  1. El impulso y redacción de Leyes Especiales de Contrato de Seguro

El mayor logro indirecto del CILA ha sido proveer el sustento técnico-jurídico para que los países latinoamericanos extrajeran la regulación del seguro de los viejos Códigos de Comercio y crearan leyes autónomas, especiales y de orden público. Las discusiones y ponencias de sus congresos nacionales y regionales (los Congresos del CILA) inspiraron directamente las reformas de finales del siglo XX y principios del XXI.

  • Casos de éxito e influencia: Las delegaciones de juristas del CILA participaron activamente como redactores, asesores o consultores en reformas clave como la Ley de Contrato de Seguro de Chile (Ley 20.667 de 2013), la Ley de Mercado de Seguros de Ecuador (modificada en la última década), las reformas en Colombia (Código de Comercio, Título V) y las leyes especiales en Centroamérica.
  • El caso de México: Aunque la Ley Sobre el Contrato de Seguro mexicana data de 1935 (una ley pionera y sumamente avanzada para su época), la academia mexicana agrupada en la sección nacional de la AIDA/CILA ha utilizado los criterios del comité para evaluar de forma crítica sus anacronismos frente a los desafíos digitales y la evolución de los mercados internacionales.
  1. La transición hacia el principio de «Protección al Asegurado»

Originalmente, el derecho comercial tradicional asumía que las partes contratantes (la aseguradora y el asegurado) se encontraban en igualdad de condiciones. El CILA fue el gran difusor en América Latina de la doctrina que reconoce al contrato de seguro como un contrato de adhesión, donde existe una evidente asimetría informativa y técnica.

Gracias a la influencia de los debates del CILA, las reformas legislativas de la región incorporaron principios de protección al consumidor financiero, tales como:

  • Interpretación contra proferentem: Si una cláusula es ambigua, se interpreta en favor del asegurado o beneficiario.
  • Regulación de las cláusulas abusivas o leoninas: El diseño de mecanismos para dejar sin efecto aquellas condiciones generales que desnaturalizan el riesgo u obligan al asegurado a cumplir con cargas imposibles de realizar en la práctica.
  • El deber de asesoramiento y transparencia: Obligaciones más estrictas para intermediarios y agentes de seguros.
  1. Delimitación estricta de Cargas y Caducidades

Uno de los debates más intensos dentro del CILA ha sido el abuso de la figura de la «caducidad automática» por el incumplimiento de cargas formales por parte del asegurado. El comité influyó decisivamente para que las nuevas leyes latinoamericanas adoptaran un criterio de causalidad y proporcionalidad.

El impacto normativo: Hoy en día, gracias a esta doctrina regional, en la mayoría de las legislaciones modernas de América Latina, para que una aseguradora pueda rechazar un siniestro alegando el incumplimiento de una carga (por ejemplo, dar aviso tardío del siniestro), debe demostrar que dicho retraso le causó un perjuicio económico real o que hubo dolo o culpa grave del asegurado. Se erradicó paulatinamente la pérdida de derechos por formalismos vacíos.

  1. Modernización de la Reticencia y la Agravación del Riesgo

El CILA importó y adaptó el debate sobre la buena fe en la declaración inicial del riesgo (reticencia). En las leyes antiguas, cualquier omisión inocente del asegurado anulaba la póliza.

Las reformas inspiradas por el CILA introdujeron la distinción entre:

  1. La reticencia cometida por dolo o mala fe (que sí produce la nulidad).
  2. La cometida por error inculpable o buena fe, dando paso a la aplicación de la regla proporcional (pagar el siniestro en la proporción de la prima efectivamente cobrada). Asimismo, impulsó el cuestionario cerrado: si la aseguradora no pregunta un dato de forma expresa, no puede alegar después que el asegurado se lo calló.
  1. El Proyecto de Principios Latinoamericanos de Derecho de Contrato de Seguro (PLACS)

El aporte técnico-académico más ambicioso e institucional del CILA en los últimos años ha sido el desarrollo del proyecto de los PLACS. Siguiendo el modelo de los Principios Europeos de Derecho de Seguros (PECL), un grupo selecto de juristas iberoamericanos del CILA se dio a la tarea de redactar un cuerpo de principios comunes y uniformes.

  • ¿Cuál es su función? No son una ley obligatoria, sino un instrumento de soft law (derecho blando). Sirven como una guía modelo de codificación para los congresos que busquen reformar sus leyes de seguros y, fundamentalmente, como una herramienta de interpretación armónica para los jueces, magistrados y tribunales arbitrales de la región cuando se enfrentan a lagunas legales.
  1. Arbitraje especializado en Reaseguro

Finalmente, al ser el mercado de reaseguro de naturaleza esencialmente internacional, el CILA ha empujado con fuerza la adopción de mecanismos alternativos de solución de controversias en la región. A través de la promoción de secciones de ARIAS (AIDA Reinsurance and Insurance Arbitration Society) en países de América Latina, se ha logrado que los grandes litigios comerciales y técnicos entre aseguradoras y reaseguradoras se resuelvan mediante páneles de árbitros expertos en la materia, protegiendo la seguridad jurídica del mercado sin saturar los tribunales locales.

 

 

 

FUENTE: https://gemini.google.com/app/472208e6ecc324c4?utm_source=app_launcher&utm_medium=owned&utm_campaign=base_all