« Back to Glossary Index

Es la cantidad que tiene a su cargo el asegurado en cada siniestro que ocurra, presentándose en un porcentaje sobre la suma asegurada, según corresponda a cada cobertura.

Esta figura no está reglamentada en la Ley Sobre el Contrato de Seguro, pero si se establece tanto en la carátula de la póliza, como en las Condiciones Generales del contrato de seguro pudiéndose presentar en seguros de automóviles y en los seguros de gastos médicos.

En el seguro de automóviles dicha institución opera de la siguiente manera:

  1. a) si a uno le ocasionan un daño, por ejemplo en una colisión, no hay obligación de pagar el deducible, la aseguradora obtendrá el deducible de quien ocasionó el daño.
  2. b) si uno ocasiona el daño, colisionándose por ejemplo con un poste, se pagará el deducible correspondiente.

En ocasiones, si la aseguradora llega a recuperar mediante el salvamento, la cantidad que pagó, por concepto de indemnización, reembolsa al asegurado el citado deducible.

Se ha clasificado al deducible en:

a) Fijo.- es cuando se fija una cantidad en monto o bien en número de días de salario y se aplica invariablemente sin importar el monto del siniestro;

b) Porcentual.- es cuando se fija una cantidad en porcentaje y este puede ser aplicado sobre suma asegurada o monto del siniestro o pérdida;

c) Variable o combinado.- es cuando se da una combinación de los dos anteriores.

 

« Back to Glossary Index