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Se entiende como la rama del conocimiento científico que estudia los principios básicos y estructurales de la actividad aseguradora, tanto en su aspecto financiero como técnico, matemático y estadístico, en orden a la obtención de un equilibrio de resultados.

Se conoce con el nombre de “actuario” o “actuario en seguros”, a la persona con titulo académico, profesionalmente capacitada para solucionar las cuestiones de índole financiera, técnica, matemática y estadística, relativas a las operaciones de seguros mediante la aplicación de la ciencia actuarial.[1]

Los instrumentos utilizados por la ciencia actuarial con carácter general son:

 

  1. a) La constitución de masa asegurable.- para ejercer la actividad aseguradora se debe contar con un volumen de riesgos asegurados lo suficientemente amplio (masa), para dar solidez técnico-actuarial a su actividad, que de otra forma quedaría convertida en un simple juego apoyado únicamente en el azar, en donde el riesgo, el siniestro y el pago de la indemnización quedarían supeditados exclusivamente a una circunstancia que, por principio, es totalmente opuesta a la esencia del seguro, la suerte o azar.

 

Se entiende entonces que cualquier actividad aseguradora haya de contar, como requisito indispensable, con una masa asegurable que haga viable la aplicación de los principios de la ciencia actuarial y del calculo de probabilidades a que antes se ha aludido.

Respecto a la masa asegurable, Diccionario Mapfre de Seguros refiere que teniendo en cuenta que cualquier actividad aseguradora ha de apoyarse en la Ley de los Grandes Números, en donde el cálculo de probabilidades pueda tener una posible manifestación concreta, ha de reconocerse que el fin primordial que debe perseguir cada entidad es conseguir un volumen de riesgos asegurados lo suficientemente amplio (“masa”) para dar solidez técnica a su actividad, que de otra forma quedaría convertida en un simple juego apoyado en el azar, en donde el riesgo, el siniestro y el pago de la indemnización quedarían supeditados a una circunstancia que, por principio, es totalmente opuesta a la esencia del seguro: la suerte.

Con independencia de que en determinados momentos puedan surgir situaciones catastróficas esencialmente anormales o, en sentido opuesto, puedan transcurrir períodos de tiempo con beneficio innegable para quienes ejercitan el seguro, lo normal es que los siniestros tengan una frecuencia y una intensidad relativamente uniformes, se manifiesten con periodicidad constante en un determinado lapso de tiempo y afecten por igual a un determinado grupo de personas u objetos asegurados. Sólo sobre estas bases puede hacerse el estudio estadístico de la posibilidad media del siniestro y fijarse el precio de tal posibilidad: la prima.

 

Se entiende entonces que cualquier actividad aseguradora haya de contar, como requisito indispensable, con una masa asegurable que haga viable la existencia del cálculo de probabilidades a que antes se ha aludido.

 

  1. b) Bases técnicas.- reciben esta denominación los cálculos actuariales que, para cada ramo o modalidad de seguro, dan origen a la determinación de las primas y recargos que va a aplicar una entidad aseguradora. Su realización ha de ser llevada a cabo por actuarios y la supervisión de las mismas corresponde, en México, a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

 

  1. c) Calculo de primas.- este viene dado por el conjunto de estudios estadísticos que se llevan a cabo para fijar la prima que se aplicará a determinado tipo de riesgos. Normalmente, la prima esta integrada por el índice de siniestralidad (frecuencia mas costo medio de los siniestros), los índices de gastos de administración y producción, los factores de corrección y seguridad, y el beneficio industrial o de explotación.

 

  1. d) Tarifa de primas.- en sentido amplio, se da este nombre al catálogo en que figuran los diferentes tipos de primas aplicables a los riesgos que se encuadran en cierta modalidad o ramo de seguro. Se habla así de la tarifa de incendio, tarifa de automóviles, etc.

 

En sentido más estricto, también se da esta denominación al tipo o tasa de prima (por ejemplo, tanto por ciento o tanto por mil) aplicable en concreto a determinado riesgo.

 

Así, en relación con los dos sentidos del término «tarifa» antes indicados, cabe hablar también de un doble significado en el término «tarificación», según sea considerada esta, bien como la actividad encaminada,(previos los cálculos técnicos y estadísticos oportunos), a determinar las tasas o tipos de prima aplicables a los diferentes riesgos cuya cobertura puede realizarse a través de una rama o modalidad de seguro, o bien como la acción de aplicar a un riesgo determinado la prima o tarifa que en concreto le corresponda.

 

De acuerdo con lo establecido por la legislación mexicana, las tarifas de primas responderán al régimen de libertad de competencia en el mercado de seguros y respetarán los principios de equidad y suficiencia fundados en las reglas de la técnica aseguradora. La prima de tarifa estará integrada por la prima pura (que comprende la prima de riesgo)y más recargos necesarios para compensar a la Entidad de los gastos de administración, de adquisición, de mantenimiento del negocio y posible margen de beneficio o excedente.

 

Las tarifas de primas deberán fundamentarse en bases técnicas y en información estadística, elaboradas de acuerdo con lo que se establece en la normativa vigente en México.

 

Según dicha normativa, la información estadística que se utilice para la elaboración de tarifas tendrá que cumplir los requisitos de homogeneidad y representatividad de los riesgos tarificados e incluir la cantidad de información que permita, en cada clase de riesgo, una inferencia estadística compatible con los principios de equidad y suficiencia.

 

Por lo que respecta al seguro de automóviles, en algunos países se utiliza el sistema de tarificacion denominado «Bonus-MaIus», mediante cual se efectúan bonificaciones o aumentos en las primas de las pólizas, atendiendo a que les haya afectado o no algún siniestro, y de acuerdo con ciertas normas previamente establecidas.

 

Los instrumentos y conceptos específicos del ramo de vida, son:

 

  1. a) Tablas de mortalidad.- se conocen con este nombre a los documentos o estados en que, previo estudio y cálculo actuariales, se reflejan las posibilidades de fallecimiento de una colectividad de personas en función de los diferentes tipos de edades de estas y del período de vida más o menos prolongada que se considere, siendo estas la base para la fijación de los tipos de primas aplicables a las diferentes modalidades de seguro de vida y determinadas sobre los principios que se deducen de la ley de los grandes números y el calculo de probabilidades.

 

  1. b) Edad actuarial.- es la del asegurado, a efectos de tarificación del riesgo. Se obtiene tomando como edad la correspondiente a la fecha de aniversario más cercana en el momento de contratar el seguro.

 

  1. c) Edad limite.- es la edad mínima o máxima preestablecida, por debajo o por encima de la cual la entidad aseguradora no acepta nuevas pólizas ni la renovación de las ya existentes, entre otros.

 

  1. d) Cálculo de las probabilidades.- se ha establecido que la imposibilidad y la certeza constituyen al ámbito del riesgo y que la graduación de los riesgos depende de la mayor o menor certeza que se tenga sobre la posibilidad de la ocurrencia de la pérdida o daño. La teoría de las probabilidades es el conjunto de principios en los que se apoye el cálculo de suertes favorables, o la relación de un acontecimiento incierto. (M. Ansey). La estadística y las matemáticas aplicadas sobre la teoría de las probabilidades permiten calcular, con un grado de bastante certeza, la probabilidad de realización de un acontecimiento. Esto se hace combinando grandes números de riesgos y aplicando los principios del cálculo de probabilidades a la masa de datos con ellos relacionados.

[1] Curso de Introducción al Seguro. Fundación Mapfre Estudios. ITSEMAP México, S.A. de C.V.

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