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La Carátula de la Póliza: consiste en el documento a través del cual se especifica el número de la póliza contratada, ramo, coberturas, sumas aseguradas, deducibles, datos del contratante o asegurado, vigencia de la póliza, forma de pago, moneda y en caso de los seguros de vida y gastos médicos la designación de beneficiarios.

La misma varía dependiendo del tipo de contrato de seguro y a la forma en que manejen la documentación contractual la Institución Aseguradora, pero por lo general se encontraran siempre los siguientes elementos;

a) vida;

I.- Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora;

II.- Número de póliza;

III.- La designación de la persona asegurada;

IV.- Coberturas, Beneficios y cláusulas adicionales contratas;

V.- Vigencia del contrato;

VI.- Sumas aseguradas;

VII.- La cuota o prima del seguro;

VIII.- El nombre completo del beneficiario o beneficiarios;

IX.- Fecha de expedición.

 

b) automóviles;

I.- Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora;

II.- Número de póliza

III.- La designación del automóvil asegurado, señalando marca, número de motor, uso, número de serie, modelo, placas, capacidad;

IV.- Coberturas Amparadas;

V.- Vigencia del contrato;

VI.- Sumas aseguradas;

VII.- La cuota o prima del seguro;

VIII.- Deducibles;

IX.- Fecha de expedición.

Asimismo se deberá transcribir el contenido del artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece;

“Artículo 25.- Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.”

 Lo anterior en términos del artículo 26 del citado ordenamiento legal que establece:

“Artículo 26.- El artículo anterior deberá insertarse textualmente en la póliza.”

 

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