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Es la cantidad que el asegurado percibe por parte de la compañía aseguradora y que corresponde al importe de la reserva matemática constituida sobre el riesgo que tenia garantizado.

El asegurado en cualquier momento podrá rescatar su plan, recibiendo la reserva matemática menos un costo por rescate anticipado igual al importe de las deducciones mensuales que se establezcan en las Condiciones Generales del seguro contratado, que correspondan a lo que reste del año póliza.

Este derecho de rescate es una consecuencia del hecho de que la reserva que se va constituyendo en relación con cada seguro representa una suma que excede de la que el cálculo matemático arrojaría.

En esa virtud de conformidad con los artículos 182 y 183 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, el asegurado que haya cubierto tres anualidades consecutivas tendrá derecho al reembolso inmediato de una parte de la reserva matemática, de acuerdo también con las normas técnicas establecidas para el caso, las cuales deberán figurar en la póliza.

Las pólizas reducidas también confieren este derecho de rescate o valor efectivo.

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