El artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro establece:
Artículo 25.- Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.
Esta es una Ley a favor de las Aseguradoras, en donde tu como Asegurado tienes un término para dar aviso de cualquier rectificación que quieras realizar, pero la Aseguradora no tiene término alguno para dar respuesta a dicha rectificación, así que mucho cuidado.