Si el riesgo deja de existir después de la celebración del contrato de seguro, el mismo se resolverá de pleno derecho.
por Octavio Sánchez | Ago 27, 2026 | Tips en Seguros | 0 Comentarios
Si el riesgo deja de existir después de la celebración del contrato de seguro, el mismo se resolverá de pleno derecho.