Seguro de Automóvil

 

Si vas a celebrar este contrato de seguro, te felicito, y antes de contratar compara costos, beneficios y, la atención que proporcione la Aseguradora, al momento de la contratación, durante la vigencia, al ocurrir el siniestro y al demandarla en tribunales. Jamás te vayas con la primera opción.

Consulta el Buró de Entidades Financieras: buro.gob.mx

Las coberturas que puedes elegir en un seguro de automóvil son:

  • Básica
  • Limitada
  • Amplia
  • Mixta y,
  • Por kilometraje.

Consulta la Ley Sobre el Contrato de Seguro, para que conozcas tus derechos y obligaciones como asegurado.

Durante la contratación, vigencia y al momento de ocurrir el siniestro, no falses declaraciones, porque la Aseguradora lo detectará y rechazará el siniestro en términos del artículo 70 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Debes leer las Condiciones Generales detalladamente ANTES de celebrar el contrato de seguro, por lo que solicita a tu agente de seguros que te proporcione las mismas. Claro que estos productos son muy extensos y la terminología en ellos aplicada es técnica y jurídica, así que, si necesitas que alguien traduzca esa terminología, te recomiendo que entres a la página estrategiaenriesgos.com

Conoce muy bien cada una de las exclusiones de tu contrato de seguro.

Jamás adquieras un seguro con primas baratas, ya que lo barato te puede salir caro.

La prima se basa en el lugar donde vives y en la siniestralidad que tiene la unidad, así que al comprar un auto verifica la siniestralidad del mismo y, si es un auto que es muy robado, sabrás que la prima de ese auto, será alta.

Constata los beneficios que incluya la Asistencia Vial, como cerrajero, asistencia mecánica, grúas y, con qué cuente con grúas con plataforma. Si tiene talleres de convenio, verifica que cuente con ellos.

La cobertura más importante es la de Responsabilidad Civil y, la suma asegurada debe ser de $5´000,000.00, de lo contrario, no estarás debidamente amparado ya que, entre las lesiones de un atropellado y los gastos de hospital, una suma asegurada menor a esta cantidad, se agota rápidamente y, la Aseguradora solo pagará en caso de ser procedente el siniestro, el límite de la suma asegurada contratada y, en caso de existir diferencias, el propietario de la unidad tendrá que realizar el pago de dicha diferencia.

La cobertura contratada de gastos médicos a ocupantes, deberá tener como mínimo la suma asegurada de $800,000.00, y más si eres de los que acostumbran a subir a todos sus amigos a tu auto, ya que mientras no ocurra el siniestro, son tus amigos, pero al ocurrir el siniestro, mucho dejan de serlo y, te cobrarán hasta el último curita que se requiera, con motivo del siniestro.

Aunque contrates la cobertura de asistencia legal, no dejes de traer en tu celular el número telefónico de un buen penalista, para evitar cualquier imprevisto.

No contrates este seguro en un Banco, en virtud de que la persona que está comercializando el mismo, no cuenta con cédula que lo acredite para tal fin, por ser empleado bancario y, porque te saldrá más caro, que si lo contratas por fuera.

Al asegurar tu auto a valor comercial, debes estar consiente que, al momento de ocurrir el siniestro, en caso de ser procedente tu siniestro, la Aseguradora aplicará diversas guías como la guía EBC o Autométrica u otros más, a las que no tienes fácil acceso y, en las que el valor de tu unidad este bastante depreciado.

También debes estar consiente, del tipo de refacciones que utilizará la Aseguradora al momento de reparar la unidad siniestrada y, del tiempo que se llevará en reparar la misma.

No des un uso distinto al contratado a la unidad, ya que la Aseguradora lo detectará y, determinará la improcedencia del pago que reclames, toda vez que muchas Condiciones Generales excluyen dicha circunstancia, al agravarse el riego contratado. Si le darás un uso distinto a la unidad, da aviso a la Aseguradora, dentro del término de 24 horas, en términos del artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, ya que, de no dar dicho aviso, cesarán los efectos del contrato de seguro. Cabe precisar que las obligaciones de la Aseguradora no cesarán cuando la agravación esencial del riesgo no influye en el siniestro.

Si aseguraste tu auto para uso particular y, posteriormente lo subes a cualquier plataforma para el transporte de personas, debes saber que en el momento en que ocurra un siniestro, la aseguradora lo detectará y, no responderá del siniestro, en términos del artículo 51 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Al momento en que te entreguen tu póliza de seguro de automóvil, constata que los datos plasmados en la carátula del contrato de seguro, concuerdan con los datos consignados en la factura que ampare la compra de la unidad y, en caso de que exista algún error, cuentas con 30 días para solicitar la corrección por escrito, término que comienza a computarse desde el momento en que recibes la póliza de seguro, en términos del artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. Ahora bien, cuando en una factura los datos relativos al vehículo a que se refiere no coincidan plenamente con los datos de la póliza de seguro, ello no exime a la aseguradora de la obligación de pagar la indemnización del vehículo, porque la póliza de seguro es la que lo legitima.

Constata que la factura que ampara la compra de la unidad a la que vas a asegurar, no sea apócrifa y, si cuenta con endosos, que haya continuidad entre los mismos. Si cuentas con factura de salvamento, que es la que entrega alguna aseguradora, por la venta del automóvil, hazlo del conocimiento a la Aseguradora, con la que pretendas asegurar la unidad, para que te informe si lo ampara y, bajo qué condiciones.

Si compras una unidad y, el vendedor de la misma te comenta que cuenta con seguro, siempre deberás de contratar tu seguro, por tu cuenta a la brevedad posible, para evitarte futuros problemas, aunque aun cuando la empresa aseguradora no tenga conocimiento del cambio de propietario del vehículo asegurado, ello no la exime del pago relativo a la indemnización que reclame un tercero que lo adquirió, en términos de los artículos 106 a 108 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro

Al ocurrir el siniestro, la aseguradora estará facultada para solicitarte la documentación relativa al siniestro, en términos del artículo 69 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y, si te solicita documentación distinta a la ocurrencia del siniestro, sabrás que está en incumpliendo dicho precepto legal.

Al ocurrir el siniestro no firmes hojas en blanco.

De igual manera constata el término que te otorga las Condiciones Generales de la póliza contratada para dar aviso del siniestro y, a falta del mismo, ten presente el contenido de los artículos 66 y 67 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, teniendo presente que la falta oportuna del aviso del siniestro a la Aseguradora, sólo da lugar a que la indemnización sea reducida y, no a perder el derecho a ella.

Siempre cuida la factura que ampara la propiedad de tu automóvil, porque en caso de siniestro la necesitarás para acreditar tu legitimación como propietario del auto siniestrado.

Si estas por vender tu auto, debes estar consiente que, si te roban la unidad al momento de estarla ofertando para su compraventa, por lo general es excluyente de pago, por ello no dejes de conocer cada una de las exclusiones de tu contrato de seguro de auto para que sepas en que caso no cuentas con la cobertura del seguro contratado.

Al ocurrir un siniestro, cuida siempre tu término de prescripción de dos años, establecido en el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, suspendiendo el mismo ante la Unidad Especializada de la Aseguradora, en términos del artículo 50 Bis de la Ley de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros o, interrumpiéndola, presentando formal reclamo, en la CONDUSEF.

Si la aseguradora optó por reparar la unidad asegurada, con motivo de un siniestro, debes saber que la reparación debe realizarse a tu entera satisfacción, en términos del artículo 116 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. En caso contrario, ten presente que deberás de acreditar la mala reparación con el desahogo de una prueba pericial, bajo el principio de, el que afirma, está obligado a probar, para que contemples el gasto del perito y, en caso de ocurrir a tribunales, el pago del 50% de los honorarios del tercero en discordia, que en su caso designe el juez que conozca del juicio ordinario mercantil oral. De igual manera, aunque demandes la mala reparación de la unidad, invariablemente deberás de acreditar tu legitimación como propietario de la unidad siniestrada.

Si eres asegurado y ocasiones daños a un tercero, jamás llegues a arreglos o transacciones con el tercero daño, sin el consentimiento de la Institución Aseguradora, en términos de los artículos 148 y 148 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Si ocurre un siniestro en donde se determine la pérdida total de la unidad y, la cobertura del seguro es amplia, podrás solicitar la devolución de las primas no devengadas.

No dejes de entrar a la página www.ocra.com.mx, a fin de que conozcas lo que pueden hacer por ti, en caso de robo de la unidad asegurada.

Por todo lo anterior, no dejes de contratar un seguro de manera responsable, teniendo presente las siguientes recomendaciones:

  • celebra tu contrato de seguro siempre con un buen despacho de agentes de seguros, que tenga experiencia en el ramo que pretendas asegurar;
  • independientemente de lo que te diga tu agente, consulta el Buró de Entidades Financieras de la CONDUSEF;
  • lee detenidamente sus Condiciones Generales y Particulares en su caso, antes de celebrar el contrato de seguro;
  • consulta cómo se comporta la Aseguradora con sus clientes, al contratar el seguro, durante la vigencia del contrato de seguro, al ocurrir el siniestro e, incluso, en caso de demandarla ante los tribunales competentes, en el supuesto de que rechacen tu siniestro,
  • consulta la Ley Sobre el Contrato de Seguro, para que conozcas tus derechos y obligaciones como Asegurado y;
  • lo más importante, no dejes de contar con asesoría de un buen abogado en materia de seguros, que te asesore durante la contratación, su vigencia y, al ocurrir el siniestro. Para tal fin te recomiendo que visites la página estrategiaenriesgos.com