Si el género representa el debate sobre la igualdad, las personas mayores representan el reto demográfico, la vulnerabilidad y la discriminación por edad (viejismo o ageism).

A nivel mundial, y particularmente en México, el aumento en la esperanza de vida está chocando de frente con las reglas técnicas tradicionales del sector asegurador. A continuación, desarrollamos los antecedentes de esta relación y cómo se proyecta hacia el futuro.

  1. Antecedentes: La exclusión por diseño técnico y la «edad de aceptación»

Históricamente, la técnica aseguradora ha visto el envejecimiento como un incremento inevitable y exponencial del riesgo. Esto dio origen a un modelo de negocio que, por diseño, reduce la protección conforme la persona más la necesita.

Los pilares tradicionales de esta relación han sido:

  • La Edad Límite de Admisión: El antecedente más común en los seguros de Gastos Médicos Mayores (GMM) y de Vida ha sido el establecimiento de barreras de entrada. Tradicionalmente, las aseguradoras fijaban los 64 o 65 años como la edad máxima para contratar por primera vez una póliza. Si intentabas asegurar a una persona de 70 años, la respuesta del sistema era un rechazo automático.
  • La Edad Límite de Cancelación / Renovación: En contratos antiguos o pólizas colectivas (de empresas), existía la práctica de cancelar de forma automática la cobertura al cumplir el asegurado cierta edad (por ejemplo, los 70 o 75 años), dejando al adulto mayor desprotegido en la etapa de mayor vulnerabilidad de salud.
  • Las Tarifas Exponenciales: Para quienes lograban mantener su seguro gracias a la renovación vitalicia garantizada, el costo (la prima) se incrementaba por grupos de edad de manera tan drástica que la póliza se volvía económicamente insostenible (antiselección). El asegurado terminaba cancelando por falta de recursos, perdiendo la antigüedad acumulada durante décadas.

Bajo la óptica del artículo 21 de la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS), el agravamiento del riesgo es un factor legítimo de cálculo, pero llevado al extremo con la edad, generó un fenómeno de exclusión financiera sistemática de la población adulta mayor.

  1. La trayectoria del cambio: Derechos Humanos y Protección al Consumidor

La trayectoria de este problema comenzó a cambiar cuando el derecho de seguros dejó de ser interpretado únicamente como un pacto mercantil privado y comenzó a alinearse con los tratados internacionales de derechos humanos.

El Marco Convencional Obligatorio

El gran motor jurídico en nuestra región es la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (adoptada por México). Este tratado prohíbe explícitamente la discriminación por edad y obliga a los Estados a garantizar que las instituciones públicas y privadas ofrezcan servicios financieros sin discriminación.

En México, este cambio de paradigma ha avanzado por dos vías:

  1. La Vía Regulatoria (CNSF y CONDUSEF): Se ha presionado a las instituciones para eliminar las letras chiquitas que permitían la cancelación unilateral por edad. Si un asegurado contrató una póliza de GMM joven y ha pagado puntualmente, la aseguradora está obligada a renovarla de forma vitalicia, siempre que el producto siga existiendo en el mercado.
  2. La Vía Judicial (SCJN): Los tribunales federales han emitido criterios donde establecen que, si bien la edad es una variable técnica válida para el cálculo del costo, no puede ser un motivo de discriminación arbitraria para negar el acceso al servicio. Las aseguradoras deben justificar sus rechazos mediante dictámenes médicos individualizados del estado de salud real del solicitante, y no basarse únicamente en prejuicios sobre su edad cronológica.
  1. La Proyección: ¿Hacia dónde van los seguros para personas mayores?

La transición demográfica es implacable. En México, la población de 60 años o más está creciendo a un ritmo acelerado. Ante esta realidad, el sector asegurador está obligado a reinventarse a través de las siguientes proyecciones y tendencias:

  1. Productos «Senior-Specific» y Flexibilización Contractual

Las aseguradoras están diseñando pólizas creadas desde el origen para este segmento, rompiendo el esquema tradicional:

  • Seguros de GMM Indemnitarios: En lugar de cubrir el 100% de un hospital (con primas impagables), se proyectan seguros que pagan una suma fija en efectivo al diagnosticarse ciertas enfermedades de la tercera edad (cáncer, infartos, Alzheimer), permitiendo al asegurado usar el dinero libremente.
  • Seguros de Salud con Copagos Altos: Reducir el costo de la prima mensual a cambio de que el asegurado mayor absorba un deducible o coaseguro más alto en caso de siniestro, haciendo el seguro accesible para presupuestos de jubilación.
  1. El auge del Seguro de Dependencia (Long-Term Care)

Esta es una de las proyecciones más urgentes. A diferencia del seguro médico (que cura la enfermedad), el seguro de dependencia cubre el costo de perder la autonomía (cuando la persona ya no puede vestirse, comer o moverse por sí misma). Estos seguros pagan una renta mensual para financiar cuidadores a domicilio o residencias especializadas, aliviando la carga económica y emocional de las familias.

  1. Silvertech y Prevención Activa (Internet de las Cosas)

La tecnología está cambiando el cálculo del riesgo. Las pólizas del futuro cercano para personas mayores no se basarán en tablas de mortalidad estáticas, sino en la tecnología de asistencia y monitoreo:

  • Dispositivos usables (wearables) que detectan caídas de forma automática y envían una ambulancia.
  • Monitoreo continuo de signos vitales para prevenir infartos o crisis diabéticas.
  • De la reacción a la prevención: La aseguradora prefiere pagar un programa de envejecimiento activo, nutrición y estimulación cognitiva para evitar que el asegurado enferme, cambiando la naturaleza del contrato de seguro de un mecanismo de «pago de siniestros» a un «gestor de bienestar».

El gran reto legal del futuro inmediato

El desafío central para los próximos años será definir la frontera exacta entre la discriminación por edad y la legítima diferenciación actuarial. Los tribunales y los reguladores (como la CNSF) tendrán que revisar con lupa los algoritmos de las aseguradoras para garantizar que las sobreprimas aplicadas a los adultos mayores respondan estrictamente al riesgo de su salud individualizable y no a una exclusión financiera disfrazada de nota técnica.

 

FUENTE: https://gemini.google.com/app/965f29ea9b8e6005?utm_source=app_launcher&utm_medium=owned&utm_campaign=base_all